Revista Peruana de Derecho Internacional
Tomo LXX Setiembre-Diciembre 2020 N° 166, pp. 243-246. ISSN: 2663-0222
Recepción: 30/09/2020 Aceptación: 07/11/2020
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Medrano Sánchez, María Isabel; Mamani Salinas, Alfredo; Muñoz Ccuro, Felipa
Elvira; Diaz Bazán, Ricardo Alfredo; Medrano Sánchez, Emilio José. El majestuoso
Lago Titicaca y las plantas de tratamiento de aguas residuales domésticas de las ciudades
que la circundan. Sector-Perú. Edición 2020, 1ra Ed., pp 116.
En el actual mundo globalizado, es significativo resaltar el cuidado del medio ambiente y su
importancia en el espectro internacional y cómo los Estados empiezan a reforzar su accionar
contra el cambio climático, adoptando una serie de acuerdos y medidas que buscan proteger
al ecosistema. Ello se refleja a través de convenciones internacionales, acuerdos
multilaterales y políticas públicas internas para preservar las áreas protegidas nacionales e
internacionales, todo lo cual se involucra y compete al Derecho Internacional Público.
En esa línea, cada Estado es responsable del cuidado de sus áreas protegidas y brindar las
herramientas nacionales necesarias para su preservación. Este cuidado, se refuerza a través
de instrumentos jurídicos internacionales que buscan reducir la contaminación, puesto que el
medio ambiente y su cuidado forma parte de la agenda internacional e interés mundial. Sin
embargo, existen casos particulares donde la responsabilidad sobre un espacio específico es
compartida y la responsabilidad por su cuidado y preservación se realiza a través de acuerdos
bilaterales. Estamos ante un caso particular ubicado en el altiplano en los Andes del Perú y
Bolivia; región que convoca la atención mundial de la industria y las finanzas por los
atractivos turísticos, así como los ricos yacimientos de litio.
En 1957, Perú y Bolivia visionariamente acordaron el “Convenio para el estudio económico
preliminar del aprovechamiento de las aguas del Lago Titicaca”, durante el gobierno peruano
de Manuel Prado Ugarteche y el gobierno boliviano de Hernán Siles Zuazo, mediante el cual
convinieron que el Lago Titicaca fuese un “condominio indivisible y exclusivo” de ambas
naciones evidenciando una Soberanía Compartida. Pasados más de 50 años, se confirma que
fue un acuerdo armonioso, equitativo e innovador con resultados exitosos y productivos para
ambas naciones y sus respectivos intereses.
Ubicado a más de 3800 metros sobre el nivel del mar, el Lago Titicaca se erige como el espejo
navegable más alto del mundo y, geográficamente, el más importante para la zona en la cual
se ubica. No solo alberga una gran diversidad de flora y fauna que caracterizan su zona, sino
también, la sola presencia del Lago permite la vida humana en dicho lugar, amortiguando el
clima extremo del altiplano y permitiendo la explotación de los recursos turísticos, mineros,
agrícolas, ganaderos, acuícolas y entre otros que este ecosistema ofrece para los miles de
personas que transitan y visitan tanto Perú como Bolivia.
Para poder administrar debidamente los diversos recursos que ofrece el Lago Titicaca, los
gobiernos del Perú y Bolivia suscribieron un convenio binacional en el año 1996 para la
creación de La Autoridad Binacional Autónoma del Sistema Hídrico del Lago Titicaca, Río
Desaguadero, Lago Poopó, Salar de Coipasa, la cual se considera una entidad de derecho
público internacional dependiente, tanto del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú
como del Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia, con la finalidad de conducir
proyectos, acciones de protección, manejo y control de la gestión de los recursos hídricos de
los mencionados ríos y dicho lago.
Es necesario resaltar la importancia que tiene la creación de una Autoridad Binacional, única
en su formación, para la preservación del Lago Titicaca, puesto que esto es el resultado de la
cooperación internacional -sur – sur - y gestiones bilaterales por parte del Perú y Bolivia, con
la finalidad de ejercer un responsable uso y manejo de los importantes recursos que mantienen