Revista Peruana de Derecho Internacional
Tomo LXXI Setiembre-Diciembre 2021 N° 169, pp. 227-235. ISSN: 2663-0222
Recepción: 30/09/2021 Aceptación: 07/11/2021
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teniendo presente que el sistema jurisdiccional de la UE comparte el ejercicio (o diálogo)
entre el Tribunal de Justicia y los jueces nacionales en la aplicación del derecho comunitario.
Desarrolla el Tribunal de Justicia de la UE en su composición, nombramiento, funciones y
competencias, procedimiento; recurso por incumplimiento; ejecución de la sentencia; recursos
de anulación, por inacción u omisión, e indemnización; y la cuestión prejudicial. Concluye
afirmando que la Unión Europea es un caso único y peculiar de integración, y también lo es
su institución judicial, de carácter permanente, estable, completo y consistente; pero no por
ello puede traspolarse a estas latitudes. El tercer capítulo, El sistema de solución de
controversias en los procesos de integración regional en América Central y el Caribe, sus
autoras Klein Viera y Scotti, destacan los dos principales procesos de integración
centroamericanos: el Sistema de Integración Centroamericana (SICA) y el Subsistema
Económico de Integración Centroamericana (SIECA); y la Comunidad del Caribe
(CARICOM), refiriéndose a sus antecedentes y marco institucional (objetivos y órganos); y
analizando el sistema de solución de controversias de cada esquema: la Corte
Centroamericana de Justicia, con competencia internacional, de integración, consultiva,
constitucional, y arbitral; y la Corte de Justicia del Caribe, con competencia originaria y de
apelación; destacándose en ambos el diálogo entre jurisdicciones.
Finalmente, la Sección E), llamado Sistemas arbitrales, se compone de cuatro capítulos. El
primero de ellos, La Corte Permanente de Arbitraje, Vázquez lo analiza con solvencia y
detalladamente; hace referencia a las etapas de la Corte en las Convenciones para la Solución
Pacífica de los Conflictos Internacionales (Conferencias de la Paz de la Haya de 1899 y
1907), en Sociedad de Naciones (el Pacto Briand-Kellogg de 1928), y en Naciones Unidas de
1945. Desarrolla sus antecedentes históricos, la estructura, sus reglas, la ampliación de la
competencia de la CPA por el Consejo de Administración, esquema de funcionamiento de una
controversia sometida a resolución arbitral, y la conciliación. La autora concluye que el
arbitraje involucra en pie de igualdad a personas jurídicas privadas, Estados y Organizaciones
Internacionales; no obstante la verdadera contribución de la CPA es su permanencia en un
mundo cambiante, que ha sobrevivido a varias otras y que su amplitud la sigue constituyendo
hoy en día en un foro de relevancia a la altura de las demandas que recibe. El segundo trabajo,
El mecanismo de solución de controversias de las inversiones extrajeras en el marco del
arbitraje CIADI, Sommer, realiza un análisis lúcido y meticuloso, en el que reflexiona sobre
los alcances generales del mecanismo arbitral para la resolución de controversias en el ámbito
de las inversiones extranjeras, especialmente el CIADI. Reseña el Derecho Internacional de
las Inversiones Extranjeras, en el que comienzan a incorporarse en los TBI cláusulas de
sometimiento de arbitraje al (CIADI) bajo el Convenio de Washington; a tribunales ad hoc
bajo las Reglas de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil
Internacional (CNUDMI/UNCITRAL), o ante otras instituciones arbitrales que hayan
acordado las partes en el TBI. Analiza el arbitraje internacional como mecanismo de solución
de disputas; el mecanismo de arbitraje CIADI, efectuando algunas críticas a este mecanismo.
Concluye con algunas reflexiones finales, evidenciando las fluctuantes diferencias de