DISCURSO DE APERTURA DEL DR. MIGUEL DE SERPA SOARES,
SECRETARIO GENERAL ADJUNTO DE ASUNTOS JURÍDICOS
DE LAS NACIONES UNIDAS
Y ASESOR JURÍDICO DE LAS NACIONES UNIDAS
23 de marzo
del 2023
Estimados
catedráticos, profesores y demás expertos en derecho
internacional,
Queridos compañeros:
Ante todo,
quisiera agradecer a los organizadores del “Tercer Encuentro de las Sociedades
de Derecho Internacional” y en especial al Embajador Oscar Maúrtua de Romaña
por la amable invitación para dirigirme a ustedes en el marco de este
encuentro, que este año cumple su tercera edición como un espacio privilegiado
y diverso de reflexión y análisis en materia de derecho internacional.
Tuve el
placer y el honor de participar en el anterior encuentro, en septiembre de
2019, en La Haya. Me complace especialmente la voluntad de los organizadores de
involucrar a la Oficina de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas en las
discusiones y reflexiones de las sociedades académicas de derecho
internacional.
Desde que
nos reunimos por última vez, el mundo ha vivido momentos inéditos que
difícilmente podríamos haber imaginado. Como muchos de ustedes recordarán, en
el 2019 debatíamos en La Haya sobre la “Nueva crisis del derecho internacional
o la amenaza de desmoronamiento del orden jurídico internacional”. Pues bien,
desde entonces, nos ha tocado enfrentarnos, como internacionalistas pero ante
todo como seres humanos, a la pandemia del COVID-diecinueve y a las crisis que
ha generado, al regreso de los Talibanes en Afganistán, así como al conflicto
armado ocasionado por la agresión de Rusia contra Ucrania, sin olvidar el resto
de conflictos que siguen afectando a determinadas zonas del mundo. Por citar
uno sólo: acabamos de cumplir el triste aniversario de doce años de conflicto
armado en Siria. Todas estas situaciones han suscitado innumerables preguntas y
consultas jurídicas.
La pandemia
puso de manifiesto la necesidad de concentrar esfuerzos en los pasos necesarios
para salvar vidas, proteger a las sociedades y recuperarse mejor, sin dejar a
nadie atrás y abordando las fragilidades y lagunas que nos hicieron tan
vulnerables en primer lugar. Ese análisis puso en relieve la importancia de la
solidaridad, la cooperación internacional y el multilateralismo para lidiar con
crisis y amenazas inéditas.
Permítanme
señalar que la Organización de las Naciones Unidas ha sido instrumental al
respecto, con sus logros y sus fracasos, con encuentros y desencuentros pero,
en cualquier caso, demostrando ser un foro único en el que discutir de manera
universal cuestiones de derecho internacional.
La mayoría
de los temas incluidos en la agenda de este Tercer Encuentro han sido
discutidos, o están siendo discutidos, en el marco de las Naciones Unidas.
Permítanme contribuir a las conversaciones que se inician hoy con estas breves
reflexiones:
1. La
prominencia del desarrollo del derecho internacional es un elemento esencial
del marco que nos ha permitido asegurar y trabajar por la paz y la prosperidad
durante casi ocho décadas. Como señaló el Secretario General durante la
ceremonia que conmemoró el septuagésimo quinto aniversario de las Naciones
Unidas, el desarrollo progresivo del derecho internacional es uno de los logros
históricos de la Organización.
2. Instrumentos
esenciales que forman la arquitectura del orden jurídico internacional han sido
redactados y adoptados en el marco de las Naciones Unidas. Muchos de ellos han
sido preparados por la Comisión de Derecho Internacional y finalizados por la
Sexta Comisión de la Asamblea General, así como en el contexto de conferencias
multilaterales convocadas bajo los auspicios de las Naciones Unidas.
3. Estos
logros en el progreso del derecho internacional no deben ser solo vistos como
una referencia histórica objeto de estudio, o como memoria de una lejana época
nostálgica en la que el derecho internacional jugaba un papel fundamental en la
creación de un orden internacional estable y mejores niveles de vida. Por el
contrario, la importancia del multilateralismo y del derecho internacional es una
realidad cotidiana y dinámica, que a veces no recibe toda la visibilidad que
merece, tal vez debido a la especialización de los avances realizados
recientemente. Por ejemplo, en los últimos años se han negociado importantes
tratados, como el Tratado sobre el Comercio de Armas, el Tratado sobre la
Prohibición de las Armas Nucleares y la Convención de Singapur sobre Mediación,
entre otros.
4. El
último logro se consiguió este mismo mes y, afortunadamente, sí ha contado con
repercusión mediática. Se trata de la finalización de las negociaciones, en el
marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de un
instrumento internacional jurídicamente vinculante relativo a la conservación y
el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera
de la jurisdicción nacional (conocido por su acrónimo en inglés - BBNJ). Se
trata de un logro de orden mayor, que afecta a las dos terceras partes del
océano y su biodiversidad, 95 por ciento del hábitat ocupado por la vida en el planeta
en todas sus formas y que produce un tercio del oxígeno que respiramos.
5. Estos y
otros ejemplos dan cuenta de la contribución de las Naciones Unidas al impulso
del desarrollo progresivo del derecho internacional y su codificación, así como
al fortalecimiento del marco de tratados internacionales, en los que las
Naciones Unidas es tanto un foro privilegiado para su elaboración como un actor
notable en este proceso. Asimismo, el Secretario General de las Naciones Unidas
tiene la autoridad moral para pedirles a los Estados que cumplan con sus
obligaciones internacionales.
6. Además
de lo anterior, en el marco de las Naciones Unidas a lo largo de estos años se
han elaborado declaraciones y otras reglas no vinculantes trascendentales sobre
asuntos internacionales, como las relaciones entre estados, el desarrollo
sostenible o el medio ambiente, a veces reflejando el derecho existente y en
otras ocasiones contribuyendo asimismo a la cristalización de un nuevo derecho
internacional. Como quizás hayan visto, este último año las referencias a la
Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, adoptada
en 1970, han sido múltiples. Y es que los principios de derecho internacional
referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entro los Estados de
conformidad con la Carta de las Naciones Unidas brindaban las indicaciones
jurídicas necesarias para enfrentarse a los nuevos desafíos del orden – o
desorden – internacional.
En
definitiva, estos últimos setenta y ocho años han demostrado que, a pesar de
los múltiples desafíos a los que nos hemos enfrentado y seguimos enfrentando,
el marco que brindan las Naciones Unidas para la elaboración y codificación del
derecho internacional es actual y eficaz; y que las normas internacionales que
se han elaborado fomentan el intercambio pacífico y constructivo de puntos de
vista entre naciones de diferentes regiones del mundo. Dicho de otro modo,
sigue siendo el modelo a seguir.
Permítanme
concluir señalando que una iniciativa como la presente -encuentros mundiales de
sociedades de derecho internacional– también contribuye a fomentar el
intercambio entre culturas jurídicas y entre distintos enfoques del derecho
internacional, contribuyendo a su manera a - si me permiten la expresión - el
multilateralismo académico.
Reciban mis
mejores deseos para un fructífero y exitoso encuentro.