SIMULTANEOUS ROUND TABLE:

NEW STRATEGIES IN THE TEACHING

OF INTERNATIONAL LAW

 

El panel abocado a las nuevas estrategias en la enseñanza del derecho internacional fue organizado por la Asociación Argentina de Derecho Internacional (AADI). El tema es de suma importancia dado el desarrollo tecnológico y las nuevas realidades que plantea el siglo XXI. Por este motivo, la mesa incluyó como sub-temáticas los desafíos de adaptación a las nuevas tendencias, la enseñanza virtual, la utilización del plain language y la puesta en práctica del derecho internacional.

Para este panel, se contó con la participación de María Blanca Noodt Taquela, profesora de Derecho Internacional Privado en la Universidad de Buenos Aires (UBA); Pablo Rosales Zamora, profesor de Derecho Internacional de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) y miembro de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional (SPDI); Rita Tineo, directora del Departamento de Idiomas de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA); Augusto Hernández Campos, profesor principal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) y profesor emérito del Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN); Valesca Borges Moschen, profesora del Departamento de Derecho de la Universidad Federal do Espírito Santo (UFES); y Cecilia Fresnedo de Aguirre, profesora de Derecho Internacional Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República (Udelar).

En primer lugar, se abordó la conexión entre el derecho internacional público y el derecho internacional privado como herramientas para enriquecer la enseñanza-aprendizaje de dichas materias. Sobre tal particular, a nivel nacional existe un escenario heterogéneo respecto a la interdisciplinaridad entre ambas ramas. En ese sentido, es preciso identificar cómo el derecho internacional privado puede favorecer el contenido del derecho internacional público. En concreto, puede contribuir en dos cuestiones: primero, a un manejo más eficiente de los tratados mediante el diálogo con los tratados emanados de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (“HCCH” en lo sucesivo); y, segundo, a la humanización del derecho internacional puesto que numerosos tratados del HCCH tienen una gran influencia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. De esta manera, la interdisciplinariedad entre ambas materias fomentaría una perspectiva integral en la enseñanza del derecho internacional.

En segundo lugar, se discutió acerca del lenguaje claro como una condición esencial en la enseñanza-aprendizaje del derecho internacional. Al respecto, se debe prestar atención a la adaptación del futuro profesional en los entornos plurilinguísticos y la producción eficiente de escritos jurídicos. Por consiguiente, es fundamental gestar una formación superior enfocada en el desarrollo de programas de comprensión lectora en lenguas extranjeras y la obtención de una lectura jurídica interpretativa. En este marco, se identificó determinados objetivos: utilizar el plain language en el ámbito jurídico, propender a la construcción de estilos que expresen argumentos jurídicos entendibles para la sociedad, incentivar la implementación de talleres de redacción de textos jurídicos, incluir en los programas de estudios actividades que desarrollen la claridad, concisión y precisión en la expresión escrita y oral, realizar actividades que permitan el manejo de los distintos tipos de prosa en la redacción jurídica y reconocer la necesidad de analizar los beneficios de un lenguaje llano en entornos plurilingües.

Como resultado, distintos Estados han presentado iniciativas lingüísticas para la simplificación del lenguaje jurídico, pues su carácter intrincado constituye una barrera para la comprensión de los derechos en la sociedad. De igual forma, todo texto jurídico genera una necesidad de interpretación; por lo tanto, la presencia de un texto jurídico impreciso puede conllevar a tergiversar el concepto originalmente proyectado por el autor. En virtud de ello, es relevante la práctica de técnicas y estrategias relativas a la escritura jurídica eficiente.

En tercer lugar, se examinaron las estrategias universitarias a

implementar para la optimización de la enseñanza y aprendizaje del derecho internacional. Al respecto, la enseñanza de dicha rama históricamente se ha adaptado a los desafíos de cada época; por ello, ha prevalecido la enseñanza del derecho internacional en contexto, es decir, explorar la rama mediante el abordamiento de los contextos sociales, políticos, culturales, económicos y de otra índole. En el presente siglo, surgieron nuevos aspectos como el enfoque del derecho internacional desde la perspectiva de los Estados en vías de desarrollo, el cual propone una mayor participación de los Estados africanos en la toma de decisiones de los organismos internacionales y el establecimiento de una nueva rama denominada como derecho internacional de la descolonización. Ello sumado a las nuevas tendencias contemporáneas (lucha contra el cambio climático, preservación de los derechos humanos, el mecanismo de respuesta a las guerras regionales) ha suscitado preocupación respecto al estado de enseñanza del derecho internacional.

Por lo tanto, es necesario que los planes de estudios y los docentes se adapten a las nuevas tendencias y constantes evoluciones del derecho internacional.

Por último, se abordó la contribución de las organizaciones internacionales para la enseñanza-aprendizaje del derecho internacional, las cuales han sido principalmente tres. Primero, en la promoción de dicha rama jurídica en las facultades o centros de enseñanza superior. Por ejemplo, la Organización de los Estados Americanos, mediante la Resolución 1471, implementó el Programa Interamericano para el Desarrollo del Derecho Internacional, el cual permitió la gestación de numerosas investigaciones y obras de derecho internacional. Por su parte, la Asociación Americana de Derecho Internacional Privado (ASADIP) reconoce en su estatuto la necesidad de promover la enseñanza obligatoria y la investigación del derecho internacional privado. Segundo, las organizaciones internacionales constituyen un mecanismo de información y difusión del derecho internacional a través del desarrollo de herramientas tecnológicas para el acceso a los textos normativos, la creación de cursos regionales de derecho internacional y capacitaciones profesionales a fin de acercar al estudiante al ejercicio de la profesión. No obstante, un desafío a considerar es cómo permitir un mayor acceso estudiantil teniendo en cuenta los requerimientos de capital. Tercero, las organizaciones internacionales son un vector de oxigenación del contenido entre las disciplinas del derecho internacional público y privado. Ello a partir de la transformación del contenido material y la mudanza epistemológica de ambas ramas jurídicas.