SIMULTANEOUS ROUND TABLE:
NEW STRATEGIES IN THE
TEACHING
OF INTERNATIONAL LAW
El panel
abocado a las nuevas estrategias en la enseñanza del derecho internacional fue
organizado por la Asociación Argentina de Derecho Internacional (AADI). El tema
es de suma importancia dado el desarrollo tecnológico y las nuevas realidades
que plantea el siglo XXI. Por este motivo, la mesa incluyó como sub-temáticas
los desafíos de adaptación a las nuevas tendencias, la enseñanza virtual, la
utilización del plain language y la puesta en práctica del derecho
internacional.
Para este
panel, se contó con la participación de María Blanca Noodt Taquela, profesora
de Derecho Internacional Privado en la Universidad de Buenos Aires (UBA); Pablo
Rosales Zamora, profesor de Derecho Internacional de la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos (UNMSM) y miembro de la Sociedad Peruana de Derecho
Internacional (SPDI); Rita Tineo, directora del Departamento de Idiomas de la
Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA); Augusto Hernández
Campos, profesor principal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
(UNMSM) y profesor emérito del Centro de Altos Estudios Nacionales (CAEN);
Valesca Borges Moschen, profesora del Departamento de Derecho de la Universidad
Federal do Espírito Santo (UFES); y Cecilia Fresnedo de Aguirre, profesora de
Derecho Internacional Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la
República (Udelar).
En primer
lugar, se abordó la conexión entre el derecho internacional público y el
derecho internacional privado como herramientas para enriquecer la
enseñanza-aprendizaje de dichas materias. Sobre tal particular, a nivel
nacional existe un escenario heterogéneo respecto a la interdisciplinaridad
entre ambas ramas. En ese sentido, es preciso identificar cómo el derecho
internacional privado puede favorecer el contenido del derecho internacional
público. En concreto, puede contribuir en dos cuestiones: primero, a un manejo
más eficiente de los tratados mediante el diálogo con los tratados emanados de
la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado (“HCCH” en lo
sucesivo); y, segundo, a la humanización del derecho internacional puesto que
numerosos tratados del HCCH tienen una gran influencia del Derecho
Internacional de los Derechos Humanos. De esta manera, la interdisciplinariedad
entre ambas materias fomentaría una perspectiva integral en la enseñanza del
derecho internacional.
En segundo
lugar, se discutió acerca del lenguaje claro como una condición esencial en la
enseñanza-aprendizaje del derecho internacional. Al respecto, se debe prestar
atención a la adaptación del futuro profesional en los entornos
plurilinguísticos y la producción eficiente de escritos jurídicos. Por
consiguiente, es fundamental gestar una formación superior enfocada en el
desarrollo de programas de comprensión lectora en lenguas extranjeras y la
obtención de una lectura jurídica interpretativa. En este marco, se identificó
determinados objetivos: utilizar el plain language en el ámbito jurídico, propender
a la construcción de estilos que expresen argumentos jurídicos entendibles para
la sociedad, incentivar la implementación de talleres de redacción de textos
jurídicos, incluir en los programas de estudios actividades que desarrollen la
claridad, concisión y precisión en la expresión escrita y oral, realizar
actividades que permitan el manejo de los distintos tipos de prosa en la
redacción jurídica y reconocer la necesidad de analizar los beneficios de un
lenguaje llano en entornos plurilingües.
Como resultado,
distintos Estados han presentado iniciativas lingüísticas para la
simplificación del lenguaje jurídico, pues su carácter intrincado constituye
una barrera para la comprensión de los derechos en la sociedad. De igual forma,
todo texto jurídico genera una necesidad de interpretación; por lo tanto, la
presencia de un texto jurídico impreciso puede conllevar a tergiversar el
concepto originalmente proyectado por el autor. En virtud de ello, es relevante
la práctica de técnicas y estrategias relativas a la escritura jurídica
eficiente.
En tercer
lugar, se examinaron las estrategias universitarias a
implementar
para la optimización de la enseñanza y aprendizaje del derecho internacional.
Al respecto, la enseñanza de dicha rama históricamente se ha adaptado a los
desafíos de cada época; por ello, ha prevalecido la enseñanza del derecho
internacional en contexto, es decir, explorar la rama mediante el abordamiento
de los contextos sociales, políticos, culturales, económicos y de otra índole.
En el presente siglo, surgieron nuevos aspectos como el enfoque del derecho
internacional desde la perspectiva de los Estados en vías de desarrollo, el
cual propone una mayor participación de los Estados africanos en la toma de
decisiones de los organismos internacionales y el establecimiento de una nueva
rama denominada como derecho internacional de la descolonización. Ello sumado a
las nuevas tendencias contemporáneas (lucha contra el cambio climático,
preservación de los derechos humanos, el mecanismo de respuesta a las guerras
regionales) ha suscitado preocupación respecto al estado de enseñanza del
derecho internacional.
Por lo
tanto, es necesario que los planes de estudios y los docentes se adapten a las
nuevas tendencias y constantes evoluciones del derecho internacional.
Por último,
se abordó la contribución de las organizaciones internacionales para la
enseñanza-aprendizaje del derecho internacional, las cuales han sido
principalmente tres. Primero, en la promoción de dicha rama jurídica en las
facultades o centros de enseñanza superior. Por ejemplo, la Organización de los
Estados Americanos, mediante la Resolución 1471, implementó el Programa
Interamericano para el Desarrollo del Derecho Internacional, el cual permitió
la gestación de numerosas investigaciones y obras de derecho internacional. Por
su parte, la Asociación Americana de Derecho Internacional Privado (ASADIP)
reconoce en su estatuto la necesidad de promover la enseñanza obligatoria y la
investigación del derecho internacional privado. Segundo, las organizaciones
internacionales constituyen un mecanismo de información y difusión del derecho
internacional a través del desarrollo de herramientas tecnológicas para el
acceso a los textos normativos, la creación de cursos regionales de derecho
internacional y capacitaciones profesionales a fin de acercar al estudiante al
ejercicio de la profesión. No obstante, un desafío a considerar es cómo
permitir un mayor acceso estudiantil teniendo en cuenta los requerimientos de
capital. Tercero, las organizaciones internacionales son un vector de oxigenación
del contenido entre las disciplinas del derecho internacional público y
privado. Ello a partir de la transformación del contenido material y la mudanza
epistemológica de ambas ramas jurídicas.