VERSIÓN EN ESPAÑOL DE LA DECLARACIÓN FINAL
DE LA III REUNIÓN MUNDIAL DE
SOCIEDADES DE DERECHO INTERNACIONAL
25 de marzo
del 2023
DECLARACIÓN
FINAL
Adoptada al
final de la Reunión Mundial de Sociedades de Derecho Internacional de Lima
Las Sociedades
de Derecho Internacional, reunidas en la ciudad de Lima, Perú, los días 23 y 24
de marzo de 2023 en una serie de paneles que contaron con la participación de
muy destacados juristas con el propósito de dialogar y debatir sobre los
desafíos del derecho internacional y el rol de las Sociedades, declaran lo
siguiente:
Reconocer
la importancia de la evolución del derecho internacional, su percepción, la
manera como se concibe y la forma en que los sujetos comunican su contenido
(idioma y narrativa) como un tema de estudio y ejercicio para entender el rol
contemporáneo del derecho internacional.
Relievar la
importancia del derecho internacional para afrontar los efectos del cambio
climático, la pérdida de la biodiversidad y la contaminación del mar y del aire
para los Estados y pueblos del mundo, que en algunos casos plantean riesgos a
su propia supervivencia, así como en el disfrute de los derechos humanos,
considerando siempre el principio de responsabilidades comunes pero
diferenciadas.
Reafirmar
que los Estados, las organizaciones internacionales y otros sujetos y actores
de la sociedad internacional tienen el deber y el compromiso de promover la
gobernabilidad democrática y fortalecer el estado de derecho, nacional e
internacional.
Intensificar
la importancia de la cooperación en la lucha contra la corrupción, flagelo que
puede repercutir gravemente en el disfrute de los derechos humanos, y la
interacción de los principales instrumentos internacionales en dicha materia, a
efectos de evitar situaciones de impunidad.
Recordar la
problemática de la migración internacional y la necesidad que su regulación no
llegue a erosionar la gobernanza y exponga a los migrantes a situaciones de
inmenso riesgo y privación o grave afectación de sus derechos humanos.
Reafirmar
la importancia de los distintos medios de solución pacífica de controversias,
y, en particular, del arbitraje como un mecanismo eficiente y eficaz para
resolver diversas controversias de carácter internacional. Al mismo tiempo,
alientan a que, atendiendo a la existencia de diferentes tradiciones jurídicas
en el mundo y como expresión del multilingüismo, se continúen los esfuerzos
para oficializar el uso de idiomas como el español en instancias y cortes
internacionales.
Tomar en
consideración las nuevas realidades que plantea el siglo XXI en la enseñanza
del derecho internacional para adaptarse a las nuevas tendencias, la enseñanza
virtual y la puesta en práctica de ciberseguridad, el uso del espacio exterior
por el sector privado y por los gobiernos, el uso de la inteligencia artificial
para procesar y resumir metadatos, entre otros.
Constatar
que los conflictos armados se han diversificado, llevando el combate de los
campos de batalla al ciberespacio con ataques a través de sistemas
informáticos, lo que significa un riesgo latente para la estructura de un
Estado. Así también, las nuevas tecnologías militares, como las armas autónomas
y los vehículos aéreos no tripulados, no están plenamente reguladas y plantean
enormes desafíos para el derecho de la guerra.
En
síntesis, los representantes de las Sociedades de Derecho Internacional
presentes precisaron y ratificaron que el derecho internacional es la ciencia
jurídica que alienta la convivencia pacífica global, debido a su sustentación
en principios inalienables e imprescriptibles como la libre determinación de
los pueblos, el respeto a los tratados y su proceso de codificación, y la no
intervención, así como en el fomento de la integración, el reforzamiento del
multilateralismo, la condena a la agresión y el hecho que la conquista no
genera derechos, la cabal igualdad de los géneros humanos, el respeto a las
libertades, la igualdad jurídica de los Estados, en fin, todos los fundamentos
que consagra la Carta de las Naciones Unidas y que se renuevan y proyectan en
los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) a fin de que la humanidad alcance
una sociedad de bienestar.
Ratificar
los propósitos de las reuniones de Estrasburgo (2015) y La Haya (2019) en
cuanto a la búsqueda de cooperación entre nuestras sociedades: mejor
coordinación del trabajo e identificación de temas de interés común;
movilización conjunta de recursos para causas internacionales importantes;
estimular intercambios que promuevan la expresión del pluralismo de culturas
jurídicas, enfoques del derecho internacional y métodos de trabajo y una mejor
comprensión mutua; fomentar el diálogo con la sociedad civil, los medios de
comunicación, los responsables políticos, los jueces nacionales e
internacionales y los representantes de otras disciplinas académicas; promoción
recíproca de iniciativas, trabajos y publicaciones clave de sociedades
académicas y de intercambios entre juristas internacionales, en particular de
las nuevas generaciones, entre otros.
Convenir la
necesidad de fortalecer la Red Global de Sociedades de Derecho Internacional
(GNSIL), que fue establecida en 2015, como un marco apropiado para desarrollar
sinergias entre nuestras sociedades y promover diversas actividades según las
necesidades y oportunidades.
Los
participantes en la III Reunión Mundial de Sociedades de Derecho Internacional
de Lima expresan la esperanza de que nuestras sociedades académicas continúen
reuniéndose a intervalos regulares. En ese sentido, saludan y agradecen la
propuesta de la Asociación Argentina de Derecho Internacional para ser
anfitriona del próximo encuentro en 2025.
La presente
Declaración ha sido adoptada por consenso al final de la reunión, siendo sus
términos no vinculantes para las sociedades o las personas que participaron en
aquella.