REVISTA PERUANA DE DERECHO INTERNACIONAL
ISSN: 0035-0370 / ISSN-e: 2663-0222
Tomo LXXIV. Enero-Abril 2024, N° 176, pp. 75-97.
Recepción: 15/02/2024. Aceptación: 08/03/2024
DOI: https://doi.org/10.38180/rpdi.v74i176.496
ARTÍCULOS
Analysis of the territorial conflict between the Cooperative Republic of Guyana and the Bolivarian Republic of Venezuela
Anthony Medina Rivas Plata (*)
Universidad Nacional Mayor de San Marcos
(Lima, Perú)
https://orcid.org/0000-0002-5118-5477
(*) Doctorando en Relaciones Internacionales en la Universidad Nacional de La Plata. Profesor de Historia Diplomática y Relaciones Internacionales en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y la Universidad Católica Santa María de Arequipa. Vice-Chair para América Latina de la International Association for Political Science Students (IAPSS), Presidente del Instituto de Estudios Políticos Andinos (IEPA) y Miembro Titular de la Sociedad Peruana de Derecho Internacional. Ex Director de la Escuela Profesional de Ciencia Política y Gobierno de la Universidad Católica Santa María de Arequipa.
Resumen
Este artículo examina el prolongado conflicto territorial entre Venezuela y Guyana en torno a la región del Esequibo desde una perspectiva de análisis histórico. El alcance del estudio abarca desde los primeros intentos de resolución pacífica del conflicto a fines del siglo XIX hasta los desafíos contemporáneos derivados del descubrimiento de grandes reservas de petróleo y gas en la zona disputada; teniendo como epílogo la orden de la Corte Internacional de Justicia de La Haya de abril de 2023 que ordena a Venezuela no alterar el statu quo en la zona hasta que ésta emita un fallo definitivo que puede tomar años. A través de una revisión de fuentes primarias y secundarias, se investiga cómo las reclamaciones de ambas naciones han afectado las relaciones bilaterales y la seguridad regional. Son examinados los esfuerzos de mediación internacional, incluidos los roles desempeñados por las Naciones Unidas y la Corte Internacional de Justicia para abordar el conflicto y facilitar una resolución duradera. El método de investigación incluye el análisis de documentación oficial, informes diplomáticos, noticias contemporáneas y análisis académicos, con un enfoque en la interpretación crítica y contextual de los eventos históricos y contemporáneos. Se discuten las implicaciones geopolíticas y económicas de la disputa territorial, así como las perspectivas futuras para la resolución del conflicto. En última instancia, se argumenta que la resolución del conflicto entre Venezuela y Guyana tiene implicaciones significativas para la estabilidad regional y la cooperación internacional en América Latina y el Caribe.
Palabras Clave: Venezuela, Guyana, Esequibo, Corte Internacional de Justicia, arbitraje internacional, Acuerdo de Ginebra de 1966
Abstract
This article examines the protracted territorial conflict between Venezuela and Guyana over the Essequibo region from a perspective of historical analysis. The scope of the study encompasses from the early attempts at peaceful conflict resolution in the late 19th century to contemporary challenges arising from the discovery of vast reserves of oil and gas in the disputed area; culminating with the April 2023 order from the International Court of Justice in The Hague directing Venezuela not to alter the status quo in the area until it issues a final judgment, which could take years. Through a comprehensive analysis of primary and secondary sources, it investigates how the claims of both nations have impacted bilateral relations and regional security. International mediation efforts are examined, including the roles played by the United Nations and the International Court of Justice in addressing the conflict and facilitating a lasting resolution. The research method includes reviewing official documents, diplomatic reports, contemporary news, and academic analyses, with a focus on critical and contextual interpretation of historical and contemporary events. The geopolitical and economic implications of the territorial dispute are discussed, as well as future prospects for conflict resolution. Ultimately, it is argued that the resolution of the conflict between Venezuela and Guyana has significant implications for regional stability and international cooperation in Latin America and the Caribbean.
Keywords: Venezuela, Guyana, Essequibo, International Court of Justice, 1966 Geneva Agreement
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INTRODUCCIÓN
La región del Essequibo (o Esequibo en español) es un territorio en disputa controlado por Guyana, pero reclamado por Venezuela. Esta disputa tiene décadas de antigüedad y es un legado directo de las potencias coloniales que gobernaron ambas naciones: España en Venezuela y el Reino Unido en Guyana. Sin embargo, el conflicto ha cobrado relevancia recientemente, especialmente después del descubrimiento de petróleo y gas en aguas profundas (BBC Mundo, 2015), lo que ha llevado a un aumento de las acciones de Venezuela contra la integridad territorial de Guyana, para la cual el Esequibo representa el 70% de su territorio (Hernández, 2023). La expansión de la plataforma continental y las fronteras marítimas del país beneficiarían a la nación llanera desde el punto de vista geográfico y económico; por lo que, en este contexto, un conflicto bilateral con Guyana trae de nuevo viejos debates sobre la seguridad regional en América Latina y el Caribe. Si no se encuentra una solución diplomática, las tensiones podrían escalar, dando lugar a situaciones de tensión que podrían terminar en salidas militares. Por lo tanto, los gobiernos de ambos países deben prestar atención para resolver el asunto de manera rápida.
1. HISTORIA DEL CONFLICTO
Los orígenes de la disputa del Esequibo se remontan a 1814, cuando los británicos adquirieron el actual territorio guyanés de los holandeses, quienes habían centrado sus posiciones en su vecina colonia de Surinam. En esa época, no existía una frontera definida con Venezuela, manteniéndose así hasta 1835; por lo que, en noviembre de 1840, el gobierno británico nombró al naturalista y explorador Robert Hermann Schomburgk para llevar a cabo el levantamiento provisional de los límites de su única colonia en América del Sur, la llamada ‘Guayana Británica’. Schomburgk realizó un exhaustivo levantamiento topográfico y propuso una línea fronteriza con Venezuela, la cual, argumentan analistas venezolanos, estuvo basada en una progresiva mutilación del territorio venezolano a través de mapas falsos que se iban superponiendo uno tras otro (Soto Cardozo, 2023; p. 33). Más allá de la certeza o no de esa afirmación, es un hecho que el objetivo de Schomburgk era demostrar que las fronteras podían trazarse a partir de la evidencia de la ocupación neerlandesa y el comercio con los amerindios en Barima y en los ríos Cuyuní; usando esta información para determinar los límites de la ocupación neerlandesa como evidencia de que no había rastro de influencia española (Encyclopaedia Britannica, 2024). Dado que dicha región está delimitada al este por el río Essequibo, se le ha llamado por el mismo nombre.
Después del descubrimiento de yacimientos de oro al oeste de la Línea Schomburgk, el gobierno británico amplió su reclamación para incluir regiones ricas en dicho mineral, a lo que Venezuela se opuso porque quería conservar esta región en particular. Dado que Venezuela había suspendido las relaciones diplomáticas con Gran Bretaña en 1887, se vio obligada a apelar a los Estados Unidos en busca de ayuda; presentando a dicho país una petición en 1876. Amparándose en la llamada ‘Doctrina Monroe’, Venezuela proponía a Estados Unidos arbitrar la disputa; sin embargo, en un inicio este último país se mostró reacio a involucrarse en el conflicto. Lord Salisbury, Primer Ministro de Gran Bretaña (1886-1895), rechazó las solicitudes de Venezuela para el arbitraje y en un momento también desestimó las ofertas de mediación propuestas por los Estados Unidos. Este último país creía que el rechazo de Gran Bretaña a arbitrar indicaba su compromiso de continuar con políticas agresivas en América Latina, por lo que en 1895 aceptó abordar el asunto (U.S. Department of State, 2024). En un año, el gobierno británico acordó acatar cualquier decisión que tomara el tribunal de arbitraje creado por ellos. Dicho tribunal falló a favor de las reclamaciones británicas de 1835 y desestimó tanto las reclamaciones venezolanas como las reclamaciones adicionales realizadas por los británicos para obtener acceso a las zonas auríferas. Esta decisión fue importante porque efectivamente cortó el acceso de Venezuela a los recursos del Esequibo; por lo que, casi de inmediato, el gobierno venezolano expresó su desacuerdo con los resultados y mantuvo su reclamación sobre la zona (U.S. Department of State, Op. Cit.). Venezuela argumentaba que la línea demarcada por Schomburgk había incluido territorio al oeste del río Esequibo, que declaró como parte de su jurisdicción; tras lo cual inició conversaciones diplomáticas sobre la frontera con el gobierno de Gran Bretaña. Se propuso la negociación de un Tratado de Límites que precedería al levantamiento y demarcación de la frontera por Schomburgk, ya que Venezuela insistía en que la línea trazada por él era inválida. Argumentó que la región del Esequibo era la frontera natural entre Venezuela y la Guayana Británica y que los colonos británicos poseían poco o nada más allá de ese río.
Habiéndose visto involucrado como necesario mediador, el presidente de los Estados Unidos Grover Cleveland animó al Congreso de su país a aprobar una resolución instando a Gran Bretaña y Venezuela a arbitrar la disputa. La resolución fue aprobada por unanimidad en ambas cámaras y se convirtió en ley el 20 de febrero de 1895; otorgando al Congreso el poder de nombrar a los miembros de una comisión de límites. Para Estados Unidos, el arbitraje entre Venezuela y la Guayana Británica sirvió como un pretexto para continuar afirmando su dominio sobre la costa caribeña de América del Sur, así como consolidar su poder en el Hemisferio Occidental (McElroy, 1923).
En 1897, Gran Bretaña firmó un Tratado de Arbitraje (también conocido como el Tratado de Washington) con Venezuela, que estableció un tribunal. Según el Artículo XIII del mencionado tratado, las partes contratantes reconocerían el laudo arbitral como un arreglo completo y definitivo. Esto significaba que la decisión del tribunal sería legalmente vinculante para Gran Bretaña (Guayana Británica) y Venezuela. En ese sentido, el tratado también había definido los conceptos fundamentales de Derecho Internacional a ser aplicados (por ejemplo, el principio de ocupación), las reglas y la composición del tribunal. El Artículo II del tratado autorizó a Gran Bretaña y Venezuela a nombrar a dos juristas cada uno; mientras que a la vez los cuatro juristas elegirían al presidente del tribunal. Después de la firma de este tratado, la comisión de límites creada por Estados Unidos fue oficialmente disuelta. Su informe, que incluía un análisis histórico de la colonización holandesa en el Esequibo y la geografía de la región, posteriormente estuvo disponible para Venezuela para preparar su caso ante el tribunal. El arbitraje comenzó en 1899 en la ciudad de París, Francia.
El caso venezolano ante el tribunal se centró en la afirmación de que después de que Gran Bretaña adquiriera la Guayana Británica en 1814, el límite de su colonia era el río Esequibo. Venezuela sostenía que la frontera mostrada en varios mapas impresos en Londres y Venezuela había mostrado la línea del Esequibo como la línea original de Schomburgk de 1835. Venezuela argumentaba que esta evidencia era identificable en mapas dibujados por el propio Schomburgk, antes de que mostrara ‘parcialidad’ por los intereses británicos. Los británicos argumentaban que heredaron las áreas ocupadas por los holandeses, que eran los ríos Esequibo, Mazaruni, Cuyuni, Moruka, Pomeroon, Waini, Barima y Amakura. El caso de Gran Bretaña se basaba en gran medida en la ocupación holandesa y el comercio con los amerindios en la costa de Guayana entre los ríos Orinoco y Amazonas. Así, la reclamación de Gran Bretaña se habría extendido al oeste del río Esequibo y al oeste de Punta Barima, donde, según ellos, ni España ni Venezuela habían ejercido ninguna jurisdicción. Así, la reclamación de Gran Bretaña se basaba exclusivamente en el principio de ocupación efectiva en el derecho internacional (Department of Public Information, Cooperative Republic of Guyana, 2015).
El 4 de octubre de 1899, el panel de arbitraje presentó un fallo unánime en una disputa fronteriza que duró más de 45 años, una controversia que podría haber llevado a Venezuela, Estados Unidos y Gran Bretaña a la guerra. La línea fronteriza elegida por el tribunal partía de Point Playa, a cuarenta y cinco millas al este de Point Rivers, y se extendía hacia el sur a lo largo del río Amacura. En consecuencia, Gran Bretaña recibió casi el noventa por ciento de la región del Esequibo. En total, Gran Bretaña recibió 45,000 de las 53,000 millas cuadradas en disputa. Sin embargo, Gran Bretaña había perdido el control de las desembocaduras de los ríos Amakura y Barima y territorio en la cuenca superior del Cuyuní. El fallo coincidió en gran medida con gran parte de la Línea Schomburgk de 1840. Por otro lado, a Venezuela solo se le concedió la desembocadura del río Orinoco y una extensión de 5,000 millas cuadradas alrededor de Point Barima (Joseph, 1970).
El fallo arbitral fue criticado por Venezuela, que argumentó que la descripción de la línea fronteriza era ambigua. Además, afirmó que el fallo no aclaraba las realidades de ocupación constructiva que supuestamente eran el espíritu del fallo mismo, así como del Tratado de Arbitraje de 1897. Aunque los políticos venezolanos y su prensa expresaron su descontento con el fallo arbitral, su gobierno tranquilizó a los representantes británicos asegurando que la frontera era una ‘chose jugée’, es decir, un asunto que ya se había decidido legalmente y, por lo tanto, no valía la pena discutir. De esta manera, ambos estados aceptaron la decisión del tribunal como definitiva.
De acuerdo con la decisión del tribunal, Gran Bretaña y Venezuela establecieron una comisión de límites. Sus comisionados fueron enviados para llevar a cabo un levantamiento topográfico y demarcar la frontera entre 1901 y 1905. El 7 de enero de 1905, la línea fronteriza resultante se dibujó en un mapa y fue firmada por representantes de la Guayana Británica y Venezuela. El acuerdo se publicó como un documento de sesión de la Combined Court of Policy de la Guayana Británica. Fue ampliamente reconocido que la aceptación de Venezuela del fallo arbitral de 1899 había resuelto de manera permanente la disputa fronteriza con la Guayana Británica. Incluso hasta 1941, el Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela, Esteban Gil Borges, estuvo de acuerdo en que la frontera con la Guayana Británica estaba bien definida y era un asunto cerrado. Sin embargo, la publicación póstuma de un memorando en 1949 por Mallet Prevost, uno de los juristas estadounidenses en la comisión de límites establecida por Estados Unidos en 1896, indicó que la decisión del tribunal fue el resultado de un acuerdo político entre Gran Bretaña y Rusia, quien también estuvo de mediador en el proceso. Para Venezuela, esto fue considerado una ‘conspiración’ organizada por esos tres países (Associated Press, 2023).
Prevost afirmó que los juristas estadounidenses del tribunal (nominados por Venezuela) habían favorecido otorgar a Venezuela mucho más territorio, pero se resintieron de la ‘presión’ ejercida sobre ellos para evitar tal fallo. Prevost declaró que el Presidente del Tribunal y los juristas nominados por Gran Bretaña temían que el desarrollo económico de América del Sur se vería obstaculizado si se emitía un fallo adverso para Gran Bretaña (Joseph, Op. Cit.; p. 56).
El historiador estadounidense Clifton Child examinó registros literales del tribunal y despachos que circulaban entre Londres, San Petersburgo y Nueva York durante ese período. Child concluyó que no había ‘ni un solo documento que, por el más amplio alcance de la imaginación, pudiera considerarse que indicaba un acuerdo entre Gran Bretaña y Rusia del tipo sospechado por el Sr. Mallet Prevost’ (Dennis, 1950; pp. 721-722). Otro historiador estadounidense, William Cullen Dennis, respaldó el memorando de Prevost. Lo más interesante es que Dennis estuvo de acuerdo en que el fallo de 1899 era válido, pero enfatizó que los métodos de ‘compromiso político’ utilizados deberían estar prohibidos en futuros procedimientos arbitrales (Dennis, Op. Cit.; pp. 725-726). No obstante, el memorando de Prevost se convirtió en el impulso para que Venezuela reafirmara su reclamo sobre la región de Essequibo. Varios gobiernos venezolanos sostuvieron con firmeza que el memorando de Prevost debería invalidar el fallo arbitral de 1899 bajo el derecho internacional (Joseph, Op. Cit.; pp. 57-58).
La publicación del memorando de Prevost coincidió con la exploración de recursos minerales por parte de Venezuela, como hierro, petróleo y manganeso en su región de Guayana, inmediatamente al oeste de la frontera de Guyana. Empresas y capitales estadounidenses se utilizaron para llevar a cabo estos trabajos. A medida que se descubrían grandes depósitos de petróleo, el conservadurismo en ese país ganaba impulso. Los políticos de la época introdujeron el memorando de Prevost para motivar al pueblo venezolano a exigir la ‘recuperación’ de la región occidental de Essequibo (Joseph, Op. Cit.; pp. 59).
A medida que la Guayana Británica avanzaba hacia la independencia, el deseo de Venezuela de expandir su territorio aumentaba exponencialmente; apoyó la independencia guyanesa calculando que sería mucho más fácil arreglar el tema fronterizo directamente sin intermediación británica. Sin embargo, a la vez se opuso a que la región occidental de Esequibo fuera parte del territorio de Guyana. Así, en 1962, el gobierno venezolano emitió un memorando al Secretario General de las Naciones Unidas, U Thant (1961-1971), en el que oficialmente cuestionaba la validez del laudo arbitral de 1899. Además, reforzaba su reclamación de propiedad sobre la región occidental de Esequibo. A medida que la independencia se acercaba, representantes de Gran Bretaña, la Guayana Británica y Venezuela firmaron un acuerdo en Ginebra el 17 de febrero de 1966.
El Artículo 1 del Acuerdo de Ginebra estableció una Comisión Mixta. Esta Comisión estaba compuesta por dos guyaneses y dos venezolanos. Su propósito era determinar una solución amistosa a la disputa fronteriza. Según el Artículo IV del Acuerdo de Ginebra, la Comisión Mixta duraría 4 años y si no se encontraba una solución, ambas naciones seleccionarían uno de los medios de solución pacífica previstos en el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas. Si ambas naciones no lograban seleccionar un mecanismo para la solución pacífica, el Artículo IV facultaba al Secretario General para seleccionar un mecanismo de solución de la disputa hasta que se resuelva la controversia. El trabajo de la comisión se estancó y no logró un progreso sustancial, ya que Guyana alegó que Venezuela estaba interfiriendo encubiertamente en sus asuntos internos al difundir propaganda para socavar la lealtad de su población amerindia ubicada en la región de Esequibo (Ministry of Foreign Affairs of Guyana, 2021).
Otra razón para los fracasos de la Comisión ocurrió el 12 de octubre de 1966. El ejército guyanés descubrió que personal militar y civil venezolano había ocupado la mitad guyanesa de la isla Ankoko, en el río Cuyuní. El gobierno guyanés enfatizó que las acciones de Venezuela violaban el Acuerdo de Ginebra y complicaban el trabajo de la Comisión Mixta. Además, argumentó que la intrusión ilegal de Venezuela en su territorio representaba una falta de disposición a ser disuadida, ya sea por el derecho internacional o por los términos específicos de los acuerdos bilaterales y multilaterales que había concluido solemnemente. El Primer Ministro de Guyana, Forbes Burnham, protestó la ocupación y exigió la retirada completa de Venezuela y la eliminación de su guarnición militar (Ministry of Foreign Affairs of Guyana, Op. Cit.).
Venezuela se negó a cumplir con la solicitud de Burnham, ya que consideraba que la isla Ankoko siempre fue parte de su territorio, a pesar que la Comisión de Fronteras que se formó después del laudo arbitral de 1899, había reconocido judicial y administrativamente la isla Ankoko como parte del territorio de Guyana. Cabe señalar que el gobierno venezolano nunca antes había cuestionado la validez o precisión del mapa producido por la comisión, ni nunca antes había afirmado su soberanía sobre toda la isla Ankoko. Con Guyana incapaz de forzar una retirada debido a su inferioridad económica, política y militar, la isla Ankoko sigue ocupada por Venezuela (Burnham, 1966).
Sin que se viera un progreso sustancial claro, el Primer Ministro de Trinidad y Tobago, Eric Williams, decidió intervenir como mediador. Las relaciones diplomáticas entre Guyana y Venezuela eran inexistentes, pero ambos acordaron mejorar su relación bajo esa intermediación. El 18 de junio de 1970, los gobiernos de Venezuela, Gran Bretaña y Guyana firmaron un acuerdo para poner una moratoria de doce años en la disputa fronteriza. Este acuerdo se llamó ‘Protocolo de Puerto España’. El Protocolo de Puerto España establecía la continuación de las conversaciones, la suspensión de reclamaciones territoriales y la renovación automática del protocolo si permanecía sin controversias después de doce años (Caldera, 1970).
El partido de oposición guyanés, el Partido Progresista del Pueblo (PPP), se opuso al acuerdo. El PPP argumentó que socavaba el propósito del acuerdo de Ginebra, es decir, resolver la disputa. Además, permitía a Venezuela continuar su ocupación de la parte guyanesa de la isla Ankoko. Venezuela continuó reclamando todas las tierras al oeste de la Región del Esequibo después de 1970; modificando su cartografía. Los nuevos mapas de Venezuela habían sombreado la región del Esequibo y la etiquetaron como la ‘Zona en Reclamación’ (Wikipedia, 2024); la cual además fue considerada como ‘la única zona que no le fue arrebatada’ del Esequibo (Correo de Lara, 2023). En 1981, Venezuela anunció que no renovaría el protocolo. Su decisión de poner fin al protocolo se basó en numerosos eventos. En primer lugar, Venezuela alegó que soldados guyaneses habían disparado en dos ocasiones a personal militar venezolano en el puesto fronterizo guyanés cerca de la isla Ankoko, lo que Guyana negó. En segundo lugar, la economía en declive de Guyana en 1982 le había brindado a Venezuela la oportunidad de presionar por un acuerdo en la disputa fronteriza. Por último, Guyana había propuesto un gran proyecto hidroeléctrico en el alto Mazaruni (región noroeste del Esequibo) al Banco Mundial, que luego fue aprobado. Para Venezuela, este proyecto marcaría el inicio del desarrollo del Esequibo sin su participación; por lo que solicitó que no se llevara a cabo. La solicitud de Venezuela al Banco Mundial de abstenerse de financiar el proyecto convenció a Guyana de acatar la decisión de Venezuela de poner fin al protocolo. La acción de Venezuela fue etiquetada como ‘agresión económica’ por Guyana. El Primer Ministro Burnham abordó el tema fronterizo en un discurso que marcó el 12º aniversario del estatus de la República Cooperativa de Guyana. Burnham dijo: “Ahora que Venezuela se ha negado a permitir la renovación automática del Protocolo, Guyana está lista, según lo previsto en el Artículo IV del Acuerdo de Ginebra, para recurrir a cualquiera de los medios de solución previstos en el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas. Estos incluyen la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, obviamente por la Corte Internacional de Justicia, el recurso a organismos u organizaciones regionales u otros medios de solución acordados mutuamente por las dos partes” (Otálvora, 2002).
2. ABORDAJE DEL CONFLICTO EN EL MARCO DEL SISTEMA DE NACIONES UNIDAS
Venezuela favoreció las negociaciones bilaterales con Guyana para resolver la disputa fronteriza. Por otro lado, aunque Guyana expresó optimismo inicialmente, más tarde favoreció un arreglo judicial mediante la Corte Internacional de Justicia como medio de solución. Venezuela rechazó esta propuesta pero no proporcionó ninguna explicación. Las relaciones diplomáticas entre las dos naciones habían mejorado, especialmente en el comercio, la salud pública y la educación; sin embargo ambas naciones todavía no estaban dispuestas a comprometerse en la resolución de la frontera; obligando a las Naciones Unidas decidieron intervenir. El Secretario General de las Naciones Unidas, Javier Pérez de Cuéllar (1982-1991), nombró al Dr. Alister McIntyre en 1990 como ‘enviado’ para ayudar a resolver la disputa fronteriza. Ambas naciones aceptaron el nombramiento del Dr. McIntyre. Bajo el proceso de buenos oficios, representantes de Guyana y Venezuela se reunieron ocasionalmente con McIntyre para examinar ideas prácticas que pudieran contribuir a una solución pacífica de la controversia fronteriza. Esto permitió que las relaciones diplomáticas mejoren drásticamente en la década de 1990. Por ejemplo, Venezuela patrocinó la solicitud de Guyana para unirse a la Organización de Estados Americanos en la década de 1990 (Starbroek News, 2019).
Sin embargo, el proceso de buenos oficios no logró obtener resultados sustanciales en la resolución de la disputa. El proceso fracasó debido al rechazo de Guyana a la propuesta de Venezuela de llevar la disputa fronteriza de un marco multilateral a un marco bilateral. Guyana creía que este enfoque de ‘globalidad’ era desventajoso para sus intereses de seguridad nacional. Además, consideraba que las intenciones de Venezuela eran eliminar la comisión conjunta y socavar la legitimidad del proceso de buenos oficios de la ONU. En 1999, el Secretario General de las Naciones Unidas, Kofi Annan (1997-2006), nombró a otro buen oficio, el Sr. Olive Jackman. Jackman halló las negociaciones en un punto muerto. Para Guyana, cualquier propuesta de cesión de parte de su territorio estaría en conflicto con el laudo arbitral de 1899. Guyana estaba decidida a que una ‘solución práctica’ de la disputa fronteriza (de acuerdo con el Acuerdo de Ginebra) significaba: (1) el reconocimiento de la validez del laudo arbitral de 1899 y (2) no ceder territorio ni revisar sus fronteras existentes. Finalmente, Jackman informó que la disposición de Venezuela a negociar con Guyana sobre la delimitación de la frontera marítima presentaría a Guyana un hecho consumado (UN News, 2007).
Este dilema fue causado por un tratado firmado entre Venezuela y Trinidad y Tobago en 1990. El tratado consideraba una parte significativa de la zona económica exclusiva de Guyana como parte de Venezuela. Indignado por esto, el gobierno guyanés respondió enviando notas de protesta a ambas naciones instándolas a revisar sus coordenadas geográficas de su área marítima. La solicitud de Guyana fue respaldada por muchas naciones de la Commonwealth y la situación comenzó a resolverse debido a la gran agitación política existente en Venezuela durante el año 2002. Por lo tanto, el progreso se estancó porque el Jackman no pudo reunirse regularmente con los representantes para facilitar diálogos y propuestas para resolver la disputa fronteriza. En paralelo, Guyana y Venezuela afianzaban su diplomacia económica a través de la iniciativa PetroCaribe, que permitió a Venezuela mejorar su imagen como donante al obtener el apoyo de sus nuevos socios petroleros para promover sus diversas posiciones diplomáticas en foros internacionales. Sin embargo, las discusiones sobre el problema fronterizo continuaron en silencio hasta que ambas naciones acordaron nuevamente otro proceso de buenos oficios (Ishmael, 2015).
Tres años luego del fallecimiento del Sr. Jackman en 2007, el 20 de abril de 2010, el Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-Moon (2007-2016), nombró al Dr. Norman Girvan como nuevo mediador para buenos oficios. Desafortunadamente, Girvan tampoco pudo lograr ningún progreso sustancial en la búsqueda de una solución amigable a la disputa fronteriza debido a su fallecimiento en 2013. En conclusión, el proceso de Buenos Oficios de las Naciones Unidas falló en su objetivo de cerrar la brecha entre las dos naciones. El proceso tenía la intención de facilitar el diálogo entre Guyana y Venezuela para resolver la disputa de manera amigable; sin embargo, no se logró ningún progreso sustancial en la resolución de la disputa fronteriza porque ambas naciones habían adoptado posiciones ‘extremas’. Ninguna nación estaba dispuesta a comprometerse con sus respectivas demandas. En ese sentido, Guyana prefería una solución judicial para la disputa fronteriza. Una vez que Venezuela rechazó esta propuesta, todos los gobiernos guyaneses continuaron afirmando que el laudo arbitral de 1899 había resuelto la disputa. Del otro lado, Venezuela seguía sosteniendo que las acusaciones que emanaban del memorando de Prevost habían invalidado el laudo. Debido a estas posiciones extremas adoptadas, el proceso de Buenos Oficios no pudo introducir compromisos viables que ambas naciones estuvieran dispuestas a aceptar (García, 2015).
El 29 de marzo de 2018, Guyana presentó una Solicitud de inicio de procedimientos contra Venezuela. En su Solicitud, Guyana pide a la Corte ‘confirmar la validez legal y el efecto vinculante del laudo arbitral sobre la Frontera entre la Colonia de la Guayana Británica y los Estados Unidos de Venezuela, del 3 de octubre de 1899’. Como base para la jurisdicción de la Corte, el Solicitante invoca el Artículo IV, párrafo 2, del ‘Acuerdo para Resolver la Controversia entre Venezuela y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre la Frontera entre Venezuela y la Guayana Británica’, firmado en Ginebra el 17 de febrero de 1966 (el ya mencionado ‘Acuerdo de Ginebra’), y la decisión del 30 de enero de 2018 por la cual el Secretario General de las Naciones Unidas, de acuerdo con ese documento, eligió la CIJ de La Haya como el medio a utilizar para la solución de la controversia. Meses después, en Junio, Venezuela informó a la Corte que consideraba que esta carecía manifiestamente de jurisdicción para conocer del caso y que había decidido no participar en el procedimiento. Mediante una Orden del 19 de junio de 2018, la Corte decidió que los escritos de alegatos en el caso debían abordar primero la cuestión de la jurisdicción de la Corte y fijó el 19 de noviembre de 2018 y el 18 de abril de 2019 como los plazos respectivos para la presentación de una Memoria por parte de Guyana y un Contramemoria por parte de Venezuela. La Memoria de Guyana se presentó dentro del plazo fijado (International Court of Justice, 2023).
El 28 de noviembre de 2019, Venezuela presentó a la Corte un documento titulado ‘Memorándum de la República Bolivariana de Venezuela sobre la Solicitud presentada ante la Corte Internacional de Justicia por la República Cooperativa de Guyana el 29 de marzo de 2018’. Una audiencia pública sobre la cuestión de la jurisdicción de la Corte se celebró por videoconferencia el 30 de junio de 2020, en la que Venezuela no participó (Bnamericas, 2020). Un año después, el 18 de diciembre de 2020, la Corte emitió un fallo en el que determinó que tenía jurisdicción para conocer de la Solicitud presentada por Guyana en lo que respecta a la validez del Laudo Arbitral del 3 de octubre de 1899 y la cuestión relacionada con el arreglo definitivo de la disputa de límites terrestres entre Guyana y Venezuela. De igual manera, la Corte también determinó que no tenía jurisdicción para conocer de las reclamaciones de Guyana derivadas de eventos ocurridos después de la firma del Acuerdo de Ginebra (Naciones Unidas, 2023).
En enero de 2021, el presidente venezolano Nicolás Maduro emitió otro decreto, reafirmando la reclamación de su país sobre la región del Esequibo. También anunció que quería que el Secretario General de las Naciones Unidas, António Guterres, arbitre el conflicto en lugar de la CIJ. En respuesta, Estados Unidos ha condenado las decisiones de Maduro y ha aumentado su cooperación militar con Guyana (El País, 2023); lo cual ha motivado a que Venezuela entienda el problema del Esequibo ya no sólo como un diferendo territorial con un país vecino, sino también como otro frente de conflicto en un escenario más amplio y de alcance hemisférico (Mansilla Blanco, 2023).
En 2022, Venezuela planteó objeciones preliminares que caracterizó como objeciones a la admisibilidad de la solicitud de Guyana. Mediante una Orden del 13 de junio de 2022, la Corte fijó el 7 de octubre de 2022 como el plazo dentro del cual Guyana podría presentar una declaración escrita de sus observaciones y argumentos sobre las objeciones preliminares planteadas por Venezuela. Guyana presentó sus observaciones escritas dentro del plazo establecido. Mediante una carta fechada el 28 de julio de 2022, Venezuela comentó sobre las observaciones escritas de Guyana sobre las objeciones preliminares planteadas por Venezuela. Se llevaron a cabo audiencias públicas sobre las objeciones preliminares planteadas por Venezuela los días 17, 18, 21 y 22 de noviembre de 2022. Aunque Venezuela se refiere a ‘objeciones preliminares’ en plural en sus conclusiones finales (Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, 2022), la Corte, en su fallo, entendió que en sustancia estaba planteando solo una objeción preliminar (International Court of Justice, Op. Cit.).
Finalmente, el pasado 03 de abril de 2023, La Corte Internacional de Justicia entregó su Fallo sobre la objeción preliminar planteada por la República Bolivariana de Venezuela en el caso relativo al Laudo Arbitral del 3 de octubre de 1899 (Guyana c. Venezuela). En su Fallo, que es definitivo, sin posibilidad de apelación y vinculante para las Partes, se rechaza la excepción preliminar presentada por el gobierno venezolano sobre el diferendo limítrofe con Guyana por el territorio Esequibo que comprende unos 160.000 kilómetros cuadrados (International Court of Justice, Op. Cit.); a la vez que dispuso que Venezuela evite realizar nuevas acciones que puedan alterar el statu quo en la zona (Voz de América, 2023a). Este asunto ha sido particularmente delicado frente al referendo no vinculante en el cual el pueblo venezolano aprobó con una mayoría del 95% (con un 50% de participación del padrón electoral) la creación de una nueva región administrativa (‘Estado’) en el territorio en disputa. Finalmente, se prevee que Venezuela presentará una Contramemoria en respuesta del Fallo de la Corte (Voz de América, 2023b).
3. ESCENARIOS PRÓXIMOS Y CONCLUSIONES
Hasta la fecha, la República Bolivariana de Venezuela sigue reclamando aproximadamente el 70% del área de Guyana como su propio territorio. El país ha realizado varios intentos pacíficos para convencer a Gran Bretaña de entregar la región, incluyendo llevar la cuestión ante las Naciones Unidas, pero nunca se ha vuelto abiertamente hostil hacia el mucho más grande Imperio Británico. En la década de 1960, Venezuela intentó forzar a la ONU a prohibir que Gran Bretaña concediera la independencia a Guyana, pero fracasó. En 1966, se firmó el Acuerdo de Ginebra, creando una comisión mixta para arbitrar la disputa, pero esta comisión nunca logró producir una solución duradera. Mostrando la ineficacia del tratado, apenas meses después de que se firmara el Acuerdo de Ginebra, las fuerzas militares venezolanas ocuparon la isla de Ankoko en el lado guyanés de la Línea Schomburgk. Mientras que el Acuerdo de Ginebra planteaba una solución política clara, resultó inútil ya que ninguna de las partes involucradas tomó más medidas para resolver la disputa y el conflicto subyacente ha continuado.
Más recientemente, la persecución de la tripulación de un buque de exploración petrolera que cartografiaba el lecho marino en nombre del gobierno guyanés en 2013 y la decisión del gobierno venezolano de expandir su armada en las aguas en disputa en 2015 aumentaron las tensiones. En este contexto, el presidente Maduro reafirmó la reclamación de Venezuela y denunció la posesión del Esequibo por parte de Guyana como una ‘fachada atlántica’ (Diario El Comercio, 2023). Su decreto ha sido seguido por la detención de varias embarcaciones pesqueras con bandera guyanesa y el sobrevuelo intencionado de aviones venezolanos en el Esequibo. Esta no es la primera vez en la disputa que las tensiones han aumentado, pero dadas las circunstancias actuales de Venezuela, existe el potencial de una mayor escalada que en el pasado. En 2018, después de que fracasaran los esfuerzos de mediación, las Naciones Unidas remitieron la disputa a la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Sin embargo, el gobierno venezolano se negó por mucho tiempo a reconocer la jurisdicción de la CIJ sobre el asunto y no participó en los procedimientos posteriores. Es claro que Venezuela no está dispuesta a renunciar a su reclamación sobre el Esequibo y ve la región como un recurso estratégico valioso (Encyclopaedia Britannica, Op. Cit.).
Del mismo modo es en Guyana, en donde el apoyo para mantener la región de Essequibo es bastante uniforme a lo largo del espectro político del país. A pesar de una serie de líderes autoritarios y democráticos de los grupos étnicos indo-guyanés y afro-guyanés, el pueblo y el país siguen en gran medida a favor de defender su reclamación, cuya pérdida sería económicamente devastadora por evidentes razones. Por ello, Guyana ha defendido su soberanía sobre el Esequibo; y en respuesta a lo que llama el ‘acoso’ de Venezuela, ha iniciado campañas de concienciación pública para obtener un mayor apoyo popular; incluso incorporando la disputa territorial en su currículo escolar (Guyana Chronicle, 2023).
Caracas señala que el tratado de límites internacionales de 1899 nacido del arbitraje de los Estados Unidos le robó un territorio legítimo, por lo que ha venido reforzando sostenidamente su presencia militar en la zona. Guyana ha presenciado varios sobrevuelos militares venezolanos sobre los asentamientos de su frontera occidental; a la vez que embarcaciones de guerra venezolanas han arrestado y confiscado barcos pesqueros guyaneses, deteniendo a la tripulación durante semanas, incluso si estaban operando en aguas guyanesas no disputadas. Estas acciones son propensas a resultar del hecho de que el presidente Maduro quiere que la ‘zona en reclamación’ pase a formar parte del territorio de Venezuela. Sin embargo, aunque el argumento suele analizarse desde una perspectiva histórica, parece necesario considerar el panorama más amplio. Si el Esequibo pasara al control de Venezuela, el país podría aumentar su generación eléctrica debido a las diversas cuencas y ríos que caracterizan la región; reduciendo su dependencia del petróleo como fuente de energía. Además, podría ampliar sus límites marítimos, lo que proporcionaría al país más zonas de pesca, así como un mayor espacio para la realización de maniobras militares, al tráfico turístico, a los impuestos aduaneros por tránsito marítimo, así como a las interacciones económicas con África y Europa.
Consideramos que el recrudecimiento del conflicto en el Esequibo se debe al descubrimiento de depósitos de petróleo y gas de clase mundial en aguas profundas por parte de ExxonMobil. Estas reservas tienen el potencial de transformar a Guyana en una de las naciones más ricas en América del Sur y un competidor directo para el petróleo venezolano. En consecuencia, Venezuela se ha vuelto cada vez más asertiva en sus demandas territoriales desde mediados de 2015, precisamente cuando se descubrieron dichas reservas (The Guardian, 2024). En este contexto, el presidente Maduro emitió el Decreto Presidencial 1787 estableciendo un territorio marítimo que incluye tanto la región del Esequibo como la Zona Económica Exclusiva (ZEE) de Guyana (El Estímulo, 2015); generando incluso tensiones con Colombia que obligaron al gobierno venezolano a dar marcha atrás en la propuesta (El Espectador, 2015). Esto se debe a que, según las proyecciones, la producción de petróleo en la zona será de alrededor de 700,000 a 1,000,000 de barriles a mediados de la década (The Sun, 2024). En este contexto, la recuperación económica de Venezuela dependerá en gran medida del sector del petróleo y el gas, por lo que es claro que las reservas descubiertas en la región de Esequibo son de sumo interés.
Por otro lado, los países caribeños vecinos de Guyana están prestando mucha atención a la aguda escalada de tensiones entre Guyana y Venezuela; la que sigue latente a pesar de la declaración de competencia de la CIJ en abril de 2023. En este contexto, es muy probable que los miembros del CARICOM se involucren en el conflicto debido a su responsabilidad legal de apoyar la soberanía y la integridad territorial de sus naciones hermanas. Sin embargo, la posición de estos países es complicada, considerando que Venezuela suministra petróleo a algunos de ellos a través del programa PetroCaribe. Por esta razón, parece más probable que los países de CARICOM impulsen una solución diplomática en lugar de algún tipo de enfrentamiento más agresivo. Esperamos que estos países puedan enfatizar la importancia de la paz y la estabilidad regional como base para fortalecer el crecimiento y la cooperación en América Latina y el Caribe.
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