Revista Peruana de Derecho Internacional
Tomo LXX Enero-Abril 2020 N° 164, pp. 17-33.
ISSN: 2663-0222
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Romaña] invitó al Gobierno de Chile a que la Comisión mixta permanente de límites
de ambos países procediera a verificar la exactitud de las coordenadas del punto final
en la orilla del mar del arco de diez kilómetros de radio que constituye la línea
limítrofe entre ambos países. En una nueva comunicación de fecha 3 de noviembre de
2005, el Gobierno de Chile reiteró su negativa a que la comisión mixta permanente de
límites procediera a verificar las coordenadas. Esta negativa no se sustentó en una
argumentación sólida, ya que no existe fundamento jurídico alguno para negarse a
llevar a cabo un procedimiento técnico que tendría la virtud, al contrastar las actas
demarcatorias de 1930 y la ubicación del punto Concordia en la orilla del mar, de
verificar resultados de manera indubitable de la exacta posición del términus de la
frontera terrestre.” (Rodríguez 2010: 142) [El corchete es nuestro]
Conclusiones
La importancia de las líneas de base en la delimitación de los espacios marítimos es
indiscutible, puesto que, cualquiera que sea la clase de líneas de base a utilizar, su
aplicación se hace necesaria para que a partir de los puntos de la línea se mida la anchura
del mar territorial y, posteriormente, los demás espacios marítimos como son la zona
contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental.
En su mayoría, las líneas de base del Perú están constituidas por sus líneas de base
“normales” que siguen la línea de bajamar a lo largo de su costa. Sin embargo hay unas
pocas áreas en la costa peruana en las que se ha establecido un sistema de líneas de base
rectas. De modo que se puede apreciar la utilización de las líneas de base normales y rectas.
Esta mixtura de líneas de base están previstas en el artículo 14º de la Convemar.
La Ley N° 28621 “Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo del Perú” sobre
nuestra soberanía nacional, además de precisar los linderos del Mar de Grau, expresó la
voluntad política del Perú de ir ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya para
resolver este incordio. Expresó nuestra política nacional de disponer de nuestra estrategia
para demandar a Chile, lo que fue abordado en sendos Consejos de Ministros, al mismo
tiempo que se efectuaron diversas consultas a destacados peritos nacionales quienes
confirmaron la solidez de nuestro reclamo. Por primera vez, nuestro país, contaba con una
norma jurídica que establecía -oficialmente- las denominadas Líneas de Base. Sin duda,
esta ley permitió, en la secuencia lógica, que dos años más tarde, mediante el Decreto
Supremo N° 047-2007-RE del 12 de agosto de 2007, el Perú aprobara la Carta del Límite
Exterior -Sector Sur- de su dominio marítimo.
Siempre hemos dicho que el Perú es un país marítimo por naturaleza y por
definición. Y eso es muy cierto. El Perú ha sido protagonista en la construcción del nuevo
Derecho del Mar mediante la revolucionaria tesis de las 200 millas marinas que se dio
precisamente con el fin de proteger, conservar y reglamentar el uso de los recursos