REVISTA PERUANA DE DERECHO INTERNACIONAL
ISSN: 0035-0370 / ISSN-e: 2663-0222
Tomo LXXIV, septiembre-diciembre, 2024 N° 178, pp. 259-262.
DOI: https://doi.org/10.38180/rpdi.v74i178.809
Es un honor presentar esta obra elaborada por el Dr Leopoldo M. A. Godio, ganadora del “Premio Dr. Jorge S. Fornieles”, convocado por la editorial jurídica El Derecho de la Pontificia Universidad Católica Argentina, con el objeto de reflexionar sobre la reforma constitucional de 1994 en su trigésimo aniversario.
El autor es abogado y Magíster en Relaciones Internacionales de la Universidad de Buenos Aires, doctor en Derecho de la Universidad de Buenos Aires, y también de la Pontificia Universidad Católica Argentina. Asimismo, es profesor de Derecho Internacional Público en diversas universidades (de Buenos Aires, Católica Argentina, de Palermo y de San Isidro); Co-Director de la Revista Iberoamericana de Derecho Internacional y de la Integración; investigador y miembro de diversas instituciones académicas; y autor de un sinnúmero de textos académicos.
En esta oportunidad, y tal como menciona, se propuso una mirada analítica y crítica de la integración regional, del artículo 75 inciso 24 de la Constitución Nacional, desde la óptica internacionalista. Particularmente, aborda una temática poco desarrollada, tal como el autor menciona, de “…un inciso tan particular, como escasamente trabajado en doctrina -en comparación a otras disposiciones incorporadas en la misma reforma constitucional…”.
Sin perjuicio que el autor no es especialista en derecho constitucional, resulta no solo meritorio el análisis del pertinente artículo relacionado con el derecho de la Integración en la Constitución Nacional, sino que también le ha significado un gran desafío personal y académico realizar la presente investigación. Indudablemente, es un gran aporte al derecho constitucional argentino, que justifica la obtención del premio mencionado, de acuerdo con la decisión de los miembros del tribunal, Alberto B. Bianchi, Susana Cayuso y María Cecilia Recalde.
En sus palabras, el autor expone los motivos que dieran origen a su obra, destinada a realizar una reflexión sobre la reforma constitucional de 1994, eligiendo como tema el análisis particular del artículo 75, inciso 24.
Menciona asimismo que su investigación está enfocada a analizar un tema del que casi no habría bibliografía específica, como ser la cuestión de la transferencia de competencias supranacionales en los procesos de integración. En consonancia, advirtiendo la existencia de un punto en común entre el derecho constitucional, el derecho internacional y el derecho de la integración, comenzó su búsqueda de información para lograr su objetivo de investigación. Relata que, dentro de la obra, el lector se encontrará con numerosas referencias de carácter no solo jurídico, sino también político, económico, sociológico e incluso de las relaciones internacionales, dando así un contexto multidisciplinario.
La principal impronta que el autor pretende darle al curso de su investigación, es evidenciar un contexto general de la situación de Argentina al momento de la reforma, que pueda explicar los motivos de la incorporación del artículo 75, inciso 24.
El libro se organiza en siete capítulos. En el primero de ellos, el autor realiza una breve introducción relatando que su investigación se ha desarrollado en el marco del trigésimo aniversario de la reforma constitucional de 1994.
En su capítulo segundo, realiza una descripción de la situación anterior a la reforma constitucional. Relata que el establecimiento de un norte integracionista -tal como lo menciona en el título del capítulo- se debatió en la Convención Constituyente de 1994, al momento de discutirse la idea de orden jerárquico normativo del artículo 31 de la Constitución Nacional. Dentro de este contexto, fue gracias al surgimiento de una determinada corriente de pensamiento que le otorgaba jerarquía superior a los tratados internacionales de derechos humanos que hiciera que la Corte Suprema de Justicia de la Nación aplicase la regla del artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados para cumplir con un acuerdo internacional de dichas características.
El Dr. Godio se adentra en explicar cuáles son los ideales integracionistas de América Latina. Seguidamente, menciona cómo fue la aparición de varios grupos regionales dentro del esquema integracionista, y también cómo se fue dando la profundización de la interdependencia entre Estado y desarrollo. Finalmente, en este capítulo tan rico de información y explicación histórica sobre la incorporación del inciso 24 dentro de las facultades del Congreso, desarrolla asimismo la preocupación que existía en aquellos tiempos por la soberanía nacional y su delegación o no en los grupos supranacionales existentes.
La sesión tercera analiza las razones que impulsaron la inclusión del artículo 75, inciso 24, a la Constitución Nacional. El autor describe el punto de partida del proceso integracionista regional y el contexto político-económico, referenciando el caso del Mercosur y, puntualmente, la relación bilateral entre Argentina y Brasil tras la firma del Acta de Foz de Iguazú en 1985. Continúa explicando el significado de este proceso integracionista, y su justificación dentro del fenómeno globalizador en la última década del siglo XX.
El capítulo cuarto organiza el análisis del inciso 24 en varios subtítulos. Es así como comienza mencionando los requisitos específicos para aprobar los tratados de integración, continúa explicando los aspectos procedimentales para la aprobación de este tipo de tratados y, finalmente, distingue la cuestión de la jerarquía, primero respecto de los tratados de integración con la Constitución Nacional y el control de constitucionalidad, y luego la jerarquía de las normas derivadas en el proceso de integración del Mercosur. Un dato a destacar es la rica bibliografía y jurisprudencia utilizadas también dentro de este capítulo, entrelazándolas de manera atinada para una mejor comprensión del lector.
En su capítulo quinto el autor pretende explicar como el Mercosur es la clave para la armonización constitucional de sus Estados parte. Asimismo, relata que estos Estados no poseen disposiciones uniformes o similares en torno a la jerarquía de los tratados en general, y en particular a los de integración dentro de su norma fundamental.
A continuación, el capítulo sexto realiza un breve análisis de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de aquella época, comenzando por destacar su “rol protagónico” y “politizado” con una participación activa en los asuntos de la vida política argentina.
En el capítulo séptimo el autor finaliza su obra con un análisis de lo que significaron los últimos treinta años desde la reforma constitucional para la Argentina, y aportándonos su valiosa opinión personal.
Por último, la obra incorpora un amplio y rico listado bibliográfico y de fuentes consultadas, como también es dable destacar las referencias en cada uno de los capítulos para una mejor comprensión del contexto para el lector, y también para enriquecer los conocimientos de la temática investigada.
A modo de consideración final, el libro reseñado resulta un importante aporte de investigación del Dr. Godio que, como se ha mencionado, trata una cuestión que no posee demasiados antecedentes, y que interrelaciona tanto al derecho internacional, al derecho a la integración, y al derecho constitucional. Indudablemente esta obra será un material de lectura y de estudio sumamente recomendable, que ya ha encontrado su primer reconocimiento al obtener el “Premio Dr. Jorge S. Fornieles”.
Constanza María Zorzoli Luoni[1]
[1] Abogada (UBA); Especialista en Derecho Constitucional (UCA). Docente de Derecho Internacional Público (UBA / USI). Subdirectora del Instituto de Derecho Internacional Público del Colegio de Abogados de San Isidro.