La Comisión de Límites de Plataforma Continental de Naciones Unidas: consideraciones sobre su rol y el alcance de sus recomendaciones
DOI:
https://doi.org/10.38180/rpdi.v67i156.568Resumo
La Convención de las Naciones Unidas sobre del Derecho del Mar de 1982 (en adelante la Convención) estableció el régimen jurídico de la plataforma continental en su Parte VI (art. 76-85) y su Anexo II (junto al Anexo II del Acta Final). Como parte de este régimen se estableció, de manera novedosa, un nuevo concepto jurídico deplataforma continental, así como la posibilidad de que los Estados, en circunstancias específicas, puedan determinar los límites de exteriores de sus respectivas plataformas continentales más allá de las 200 millas medidas desde sus costas, para lo cual debe recurrirse a un órgano de carácter técnico que mediante recomendaciones emitidas puede hacer vinculantes y obligatorias los límites exteriores de la plataforma continental de un Estado. Este nuevo órgano creado por la Convención es la Comisión de Límites de Plataforma Continental.Downloads
Publicado
2017-06-30
Edição
Seção
Artigos
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Como Citar
La Comisión de Límites de Plataforma Continental de Naciones Unidas: consideraciones sobre su rol y el alcance de sus recomendaciones. (2017). Revista Peruana De Derecho Internacional, 67(156), 173-198. https://doi.org/10.38180/rpdi.v67i156.568






